Micelio
Auto2 de abril de 2025

A- de 2025

Ponente Miguel Efrain Polo Rosero

Demandante Ecopetrol Sa·Demandado Contrucciones Sa

Tema · dato duro
Ejecución De Condenas Impuestas Por La Jurisdicción Contencioso Administrativa Dentro Del Mismo Proceso En Que Fueron Dictadas.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 008 Administrativo del Circuito de Cartagena y el Juzgado 013 Civil Municipal de la misma ciudad, causado por un proceso ejecutivo iniciado por ECOPETROL S.A., en contra de la empresa Asesorías y Construcciones S.A., con el fin de que se libre mandamiento de pago correspondiente a la suma fijada por concepto de costas, así como el reconocimiento de los respectivos intereses moratorios, originados en una sentencia proferida por el mismo despacho, en proceso anterior de control de controversias contractuales.

Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena considera pertinente aplicar lo dispuesto en Auto 008 de 2022, según el cual, los artículos 298 y 306 del CPACA atribuyen a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo la competencia para conocer de las solicitudes de ejecución a continuación de las sentencias proferidas por esa jurisdicción, como ocurre en este caso, pues se evidencia que el presente conflicto versa sobre una solicitud de ejecución de condena en costas iniciada por ECOPETROL S.A. en contra de un particular, Asesorías y Construcciones S.A,. que fue vencido en el proceso judicial y condenado en costas.

Por consiguiente, la Sala dispone el envío del expediente al Juzgado 008 Administrativo del Circuito de Cartagena para que continúe con el trámite del proceso.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 013 Civil Municipal de Cartagena y el Juzgado 008 Administrativo del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 008 Administrativo del Circuito de Cartagena es la autoridad competente para conocer de la demanda ejecutiva presentada por ECOPETROL S.A., en contra de ASESORIAS Y CONSTRUCCIONES S.A.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-6320 al Juzgado 008 Administrativo del Circuito de Cartagena para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 013 Municipal de la misma ciudad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.